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Alfa 1 – Agencia de Traductores e Intérpretes
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Todo lo que necesitas saber sobre una traducción jurada

Muchas veces, cuando un cliente nos pide un presupuesto de traducción y le preguntamos si necesita traducción simple o jurada, la respuesta suele ser esta: no sé, ¿cuál es la diferencia? Pues bien, desde Alfa Uno queremos ayudaros a resolver esta duda ofreciendo un pequeño resumen de lo que es una traducción jurada y en qué casos es necesaria.

La principal característica de una traducción jurada es su “oficialidad”, es decir, el carácter legal del documento para que surta efectos ante las autoridades competentes. Suelen requerirse traducciones juradas para convalidar estudios en España o para estudiar en el extranjero, para pedir la nacionalidad, para registrar empresas extranjeras, para licitaciones, y un largo etcétera. Es importante saber que los documentos originales deben superar todos los trámites de legalización que sean necesarios antes de hacer la traducción (notarización, Apostilla de La Haya, etc.), pues dichas legalizaciones también deberán reflejarse en la traducción. 

La figura del traductor jurado se podría equiparar a la de un notario, pues su misión consiste en “dar fe” de que la traducción que ha realizado se corresponde fielmente al documento original que le fue entregado. Para ello, deberá plasmar su sello en todas las páginas de la traducción y añadir una mención en la última página en la que certifique la fidelidad de su traducción con respecto al documento original, por supuesto, con su correspondiente firma, sello y fecha.

Las traducciones juradas se entregan siempre en papel y las fotocopias no tienen validez. Por lo tanto, si alguna vez se necesitan copias adicionales, el propio traductor jurado debe emitirlas con su sello plasmado en ellas. Aunque se denominen “copias juradas” tienen la misma validez que la “primera” traducción jurada.

Es importante mencionar que en España, las traducciones juradas siempre deben pasar por el castellano. Es decir, no es posible hacer una traducción jurada directamente de inglés a francés, sino que habría que realizar una primera traducción jurada de inglés a español y posteriormente otra de español a francés para completar el proceso, sencillamente porque en España no existe la figura de intérprete jurado con esa combinación.

Por último, y no por ello menos importante, las traducciones juradas desde el español hacia cualquier otro idioma deben ser legalizadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Es una manera de “demostrar” ante el organismo extranjero pertinente que, efectivamente, el traductor que ha realizado la traducción es un traductor oficial inscrito como tal en la Oficina de Lenguas de dicho Ministerio.

Esperamos haber arrojado un poco de luz a este tema que tantas dudas suele plantear, pero si se ha quedado algo en el tintero, ¡no dudéis en preguntarnos!

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